El Ministro de la Presidencia anuncio que el Ministerio de Trabajo ha autorizado a la Seguridad Social (TSS), a no aplicar Recargos e Intereses a aquellos empleadores que no realicen a tiempo los aportes correspondientes a sus empleados.
En tal sentido, la (TSS) informa a los empleadores públicos y privados que podrán realizar sus pagos por los canales establecidos sin recargos o moras, de manera transitoria, mientras esté vigente el “estado de emergencia” para prevenir la propagación del COVID-19 y hasta treinta (30) días posteriores al levantamiento del mismo.